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Conforme al Art. 375 del CGP Te cotizamos hoy mismo

Una valla mal hecha puede anular años de proceso. La tuya, fabricada al milímetro del Art. 375.

En la pertenencia, la valla es la prueba de que terceros pudieron enterarse. Diseñamos y fabricamos la tuya —o el aviso para propiedad horizontal— con las medidas exactas de la norma y material que resiste hasta la audiencia. Tú solo la fijas.

¿Prefieres correo? Escríbenos a servicios@judiser.co

Cotización gratis · Confidencialidad profesional · Envíos a todo el país

Abogados y poseedores confían en Judiser · Más de 20 años en trámites judiciales

Art. 375 al milímetroMedidas, letra y contenido exactos
Diseño y fabricaciónArte legal e impresión, lista para fijar
Vertical y horizontalValla para predio y aviso para P.H.
Alta durabilidadMateriales que aguantan hasta la audiencia

Mecanismo Judiser

No imprimimos un cartel. Fabricamos una prueba.

La valla no es publicidad: es la prueba de que terceros indeterminados pudieron enterarse del proceso. Por eso cuidamos cada medida del Art. 375 y la fabricamos en material que no se borra ni se cae antes de la audiencia.

Fabricación e impresión de una valla de pertenencia en el taller de Judiser
Impresión y fabricación en taller propio
01

Nos envías los datos del proceso

Juzgado, radicado, partes e identificación del predio. Confirmamos si es predio individual o propiedad horizontal.

02

Diseñamos el arte conforme al Art. 375

Maquetamos los 7 datos con la letra a la medida exacta. Lo apruebas antes de imprimir.

03

Fabricamos en material de alta durabilidad

Lona y acabados que resisten sol, agua e intemperie sin decolorarse ni romperse.

04

Te llega lista para fijar

La enviamos a cualquier ciudad del país, lista para instalar en el predio —o el aviso en la entrada, si es P.H.—, con orientación de dónde ubicarla.

Valla de proceso de pertenencia fabricada por Judiser instalada en un predio
Trabajo real

Así queda una valla fabricada por nosotros: impresa a la medida del Art. 375 y lista para resistir a la intemperie.

La norma, sin letra menuda

Los 7 datos que exige el Art. 375

  • a Denominación del juzgado que adelanta el proceso
  • b Nombre del demandante (poseedor)
  • c Nombre del demandado (titular de derechos reales)
  • d Número de radicación del proceso
  • e Indicación de que se trata de un proceso de pertenencia
  • f Emplazamiento a quienes crean tener derechos sobre el inmueble
  • g Identificación del predio objeto del proceso

Requisitos legales

Qué pide la ley para que la valla sea válida.

Dimensión y letra

Superficie no inferior a 1 m² y letra de mínimo 7 cm de alto por 5 cm de ancho.

Ubicación

Lugar visible del predio, junto a la vía pública más importante sobre la que tenga frente o límite.

Permanencia

Instalada de forma continua hasta la audiencia de instrucción y juzgamiento.

Propiedad horizontal

Si el inmueble es P.H., en vez de valla se fija un aviso en la entrada del inmueble.

Lo que está en juego

Cuatro descuidos que anulan el emplazamiento.

No son tecnicismos: son las causales reales por las que un juez puede tumbar la publicidad y obligar a repetirla. Las conocemos y las prevenimos.

Medidas por debajo de la norma

Una valla menor a 1 m² o con letra bajo 7 × 5 cm puede tenerse por no cumplida. La fabricamos a la medida exacta.

Confundir valla con aviso de P.H.

El predio individual lleva valla; el sometido a propiedad horizontal, aviso de entrada. Usar el formato equivocado vicia el emplazamiento.

Contenido incompleto

Si falta el radicado, una de las partes o el emplazamiento, el dato no surte efecto. Revisamos los 7 literales uno a uno.

Material que no aguanta

Una pieza que se decolora o se rompe antes de la audiencia deja de cumplir. Por eso fabricamos en material de alta durabilidad.

¿Tu proceso ya está admitido?

Envíanos los datos y fabricamos la pieza que tu proceso necesita.

Vertical y horizontal

Dos modalidades, dos reglas. Las dos las dominamos.

La ley no trata igual a un lote que a un apartamento: a uno le exige una valla de 1 m²; al otro, un aviso en la entrada. Sabemos exactamente qué pieza pide cada caso y la fabricamos conforme, sin que tu proceso pierda una sola formalidad.

Propiedad vertical

El caso típico: lote, casa, finca o local. Fabricamos la valla de mínimo 1 m², con la letra y el contenido exactos, lista para fijar al frente del predio.

LotesCasasFincasLocales

Propiedad horizontal

Apartamentos y conjuntos: la ley reemplaza la valla por un aviso en la entrada del inmueble. Lo diseñamos con el mismo contenido legal, en formato adecuado para la copropiedad.

ApartamentosAviso de entradaCopropiedad

Predios rurales

Fincas y mejoras lejos del casco urbano. Reforzamos estructura y material para que resistan a la intemperie donde no habrá quien les dé mantenimiento.

FincasMejorasZona rural

Saneamiento de titulación

Procesos de pertenencia para sanear y formalizar la propiedad. Cuidamos cada formalidad de la valla o el aviso para que la publicidad no sea el flanco débil del caso.

UsucapiónFormalizaciónTítulos

Cómo trabajamos

Tú nos das los datos. Nosotros, la pieza lista.

Para ser claros: diseñamos y fabricamos. La instalación en el predio y las fotos para el juzgado las hace el demandante —te entregamos la valla o el aviso conforme a la norma y te orientamos para fijarla sin errores.

Datos del juzgado y radicado

Denominación del despacho y número de radicación, para que la pieza coincida exactamente con el expediente.

Partes del proceso

Nombre del demandante (poseedor) y del demandado (titular de derechos reales), tal como aparecen en la demanda.

Identificación del predio

Dirección, matrícula o linderos del inmueble objeto del proceso.

¿Predio individual o P.H.?

Nos dices si el inmueble está sometido a propiedad horizontal. Eso define si fabricamos una valla o el aviso de entrada.

Qué recibes

Una pieza lista para cumplir.

  • Arte aprobado por tiLos 7 datos y la letra a la medida, para tu visto bueno antes de imprimir
  • Valla o aviso fabricadoImpreso en material de alta durabilidad, listo para fijar
  • Guía para fijarlaDónde y cómo ubicarla para que el emplazamiento cumpla

Material

Alta durabilidad

Lona y acabados que resisten sol, agua e intemperie hasta la audiencia.

Cumplimiento

Al pie del Art. 375

Medidas, letra y contenido exactos en cada pieza.

Modalidades

Vertical y horizontal

Fabricamos la valla o el aviso que cada caso exige.

Preguntas rápidas

Las dudas que conviene resolver antes de cotizar.

¿Judiser instala la valla o solo la fabrica?

Diseñamos y fabricamos la valla —o el aviso para propiedad horizontal— conforme al Art. 375 del CGP. La instalación en el predio y las fotografías para el juzgado las realiza el demandante o su abogado; nosotros te entregamos la pieza lista y te orientamos sobre dónde y cómo fijarla para que cumpla.

¿Qué tamaño y letra debe tener la valla?

La valla no puede ser inferior a un metro cuadrado y la letra debe medir no menos de siete (7) centímetros de alto por cinco (5) centímetros de ancho, según el Art. 375. Fabricamos respetando esas medidas exactas; es lo primero que un juez revisa.

¿Y si el inmueble está sometido a propiedad horizontal?

Cambia la regla: en propiedad horizontal la ley reemplaza la valla por un aviso que se fija en un lugar visible de la entrada del inmueble, sin afectar la estética de la copropiedad. Lleva el mismo contenido legal, pero en otro formato. Diseñamos la pieza correcta para cada caso.

¿Qué información debe contener?

Los siete datos del Art. 375: denominación del juzgado, nombre del demandante, nombre del demandado, número de radicación, indicación de que es un proceso de pertenencia, el emplazamiento a quienes crean tener derechos sobre el inmueble, y la identificación del predio.

¿De qué material fabrican la valla?

En lona resistente al sol, el agua y la intemperie, con acabados pensados para que el texto no se borre ni se decolore. La valla debe permanecer hasta la audiencia de instrucción y juzgamiento, así que la calidad del material no es un lujo: es lo que evita que la prueba se deteriore en el camino.

¿Cuánto tiempo debe permanecer instalada?

Hasta la audiencia de instrucción y juzgamiento, de forma continua. Retirarla antes —aunque sea temporalmente— ha sido causa de nulidad en procesos de pertenencia. Por eso fabricamos en material de alta durabilidad: para que aguante todo ese tiempo sin fallar.

¿Qué pasa si la valla no cumple el Art. 375?

El emplazamiento puede quedar viciado y el juez puede negar la pretensión o decretar la nulidad de lo actuado: repetir la publicidad y perder meses o años. La valla es barata frente a lo que cuesta un proceso caído. Por eso la fabricamos al pie de la norma.

¿Hacen envíos a todo el país?

Sí. Fabricamos y enviamos a cualquier ciudad de Colombia; coordinamos el despacho según la ubicación del predio. Trabajamos por igual predios urbanos y rurales.

¿Qué necesitan para cotizar?

Los datos del proceso: juzgado, número de radicación, nombre de las partes e identificación del predio, y si el inmueble es individual o está sometido a propiedad horizontal. Con eso diseñamos el contenido y te damos el valor exacto.

¿Cuánto cuesta una valla de pertenencia?

Depende del tamaño, el material y la modalidad (valla o aviso de P.H.). Cotizamos cada caso gratis y sin compromiso: envíanos los datos del proceso y te damos el precio cerrado antes de fabricar.

Empecemos por los datos

Envíalos y fabricamos una valla que el juzgado no pueda objetar.

Te respondemos con el camino claro: qué debe decir, qué medidas lleva, valla o aviso de P.H., y cómo fijarla para que cumpla.
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