En el proceso penal acusatorio (Ley 906 de 2004), la libertad es la regla general. Sin embargo, para asegurarla, los jueces suelen exigir garantías. Una de ellas es la caución prendaria, que se satisface comúnmente mediante una póliza de seguro judicial.
1. ¿Para qué sirve?
La póliza penal no busca indemnizar a la víctima (para eso está el incidente de reparación integral). Su único fin es garantizar que el imputado comparezca a las audiencias y cumpla con las obligaciones impuestas por el juez (ej. no salir del país, presentarse periódicamente).
2. ¿Cuánto cuesta?
El valor lo fija el Juez de Garantías basándose en:
- Gravedad del delito.
- Capacidad económica del imputado.
- Riesgo de fuga.
Por ejemplo, si el juez fija una caución de 5 SMMLV ($8.754.525 aprox. en 2026), el imputado no paga eso. Paga a la aseguradora una prima (aprox 15-30% del valor dependiendo del riesgo) para que la aseguradora emita la póliza.
3. Caución Juratoria vs. Real
- Juratoria: Es un acta donde el imputado promete cumplir bajo juramento. Se usa para personas de escasos recursos.
- Real (Póliza/Dinero): Se exige un respaldo económico tangible. Aquí entra la póliza judicial penal.