A pesar del auge del correo electrónico certificado y WhatsApp (Ley 2213 de 2022), el correo físico certificado sigue siendo el estándar de oro para notificaciones judiciales, especialmente cuando se desconoce el canal digital del demandado o se requiere máxima seguridad jurídica.
1. ¿Por qué es "Prueba Plena"?
El correo certificado, operado por empresas autorizadas por el MinTIC (como 4-72, Servientrega, Envía), goza de presunción de autenticidad. La guía de transporte prueba:
- Fecha y hora exacta de imposición (envío).
- Contenido (si se usa el servicio de cotejo).
- Fecha y hora de entrega o motivo de devolución.
- Firma de quien recibe.
2. El Cotejo: El Secreto de los Abogados Exitosos
No basta con enviar un sobre. ¿Cómo prueba usted ante el juez que dentro del sobre iba la demanda y no una hoja en blanco? Mediante el cotejo.
El cotejo consiste en llevar una copia idéntica abierta a la empresa postal. El funcionario sella esa copia certificando que es idéntica a la que se introdujo en el sobre. Esa copia sellada es su prueba reina contra cualquier nulidad.